septiembre 30, 2025

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DETENIDO EN MÉXICO POR FALSEDAD DE DECLARACIONES

Mérida Yucatán 26 marzo 2025.-

En cumplimiento de una orden de aprehensión, agentes de la Policía Estatal de Investigación, detuvieron y trajeron de la ciudad de México a José Antonio R. S., como presunto responsable del delito de falsedad de declaraciones e informes dados a una autoridad, previsto y sancionado con pena privativa de libertad.

La denuncia en su contra, la presentó ante el Ministerio Público, el abogado Miguel Bargas Díaz y la orden de aprehensión fue otorgada por la Juez Segundo de Control del Centro de Justicia Oral de Mérida, Licenciada Jazmín Ojeda Alayón, ante quien fue puesto a disposición para la audiencia de formulación de imputación.

En una audiencia conocida como combo, luego de la formulación de imputación, se ofrecieron los argumentos de vinculación, la defensa del imputado pidió que se resolviera hoy mismo la situación jurídica de su representado y con los elementos suficientes la Juez lo vinculó a proceso penal.

Como medida cautelar se accedió a dejarlo en prisión preventiva justificada y se otorgó un plazo para el cierre de la investigación.

Al ser presentado en la audiencia inicial, la Fiscalia adscrita le informó que está siendo investigado por hechos posiblemente delictuosos, toda vez que en fecha 6 de octubre del 2022, interpuso una denuncia en la agencia de Cordemex, declarando que diversos apoderados de la persona moral Nacional Terapéutica S.A. de C.V., y otras personas, afirman con falsedad ante la representación social, la existencia del predio número 214 interior 1 de la calle 18 por 19 y 21 en la colonia del Carmen de la ciudad de Mérida.

Dicha declaración resulta falsa, según se asienta en la denuncia, toda vez que ocultó que en fechas 26 de agosto del 2022 y 21 de septiembre del propio año, se llevaron audiencias públicas respecto de la causa penal 122/2022 del Juzgado de Control del Primer Distrito Judicial, que se sigue en contra del ahora imputado, en las cuales solicitó el sobreseimiento de la causa argumentando la inexistencia del referido domicilio de la persona moral, siendo que en las audiencias se expusieron documentos emitidos por autoridades hacendarias, el IMSS y recibos de bienes y servicios que acreditan la existencia del domicilio de Nacional Terapéutica.

Como resultado de ello, la autoridad judicial concedió eficacia probatoria a dichos documentos y le negó el sobreseimiento solicitado, por lo cual con su conducta afecta la correcta administración de Justicia y causa un prejuicio para las personas contra quienes declara falsamente.

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