LEVES MEDIDAS EN CASOS DE INCUMPLIMIENTO

Mérida Yuc 10 Julio 2025.-
El delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, a pesar de que se deja a los hijos en una situación de desamparo, donde la madre tiene que redoblar esfuerzos para poder llevar el alimento a la mesa, prestando a amigos y familiares en algunas veces o empeñando cosas de valor, al no ser catalogado como un delito grave el dejar sin los recursos necesarios para la manutención familiar, los Jueces en el nuevo sistema de justicia, imponen leves medidas cautelares a los incumplidos padres de familia.
En el anterior sistema de justicia, las personas que eran detenidas por ese delito, para poder recuperar la libertad, tenían que depositar una fianza garantizando la reparación del daño o de lo contrario quedarse presos en el penal.
En el Juzgado Segundo de Control, se le formuló imputación por el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar a Enrique de Jesús S.R., en la misma audiencia se le vinculó a proceso.
La Juez de Control Licenciada Jazmín Ojeda Alayón, como medidas cautelares le ordenó que acuda a firmar cada mes y le prohibió salir del Estado.
En la denuncia se expone que el imputado y la denunciante mantuvieron una relación sentimental durante la cual procrearon un hijo y fue en el año 2020, cuando ella inició un procedimiento de reconocimiento de paternidad y alimentos.
Un Juez de Oralidad Familiar dictó sentencia definitiva ordenando una pensión de 20 mil pesos de manera mensual en fecha 12 de abril del 2024.
Al no cumplir con ese ordenamiento, se inició el proceso legal en su contra.
